Misión Visión

Misión Visión

MISIÓN

Art. 1.- Misión Institucional.- Somos una institución que planifica su territorio, ejecuta acciones para el desarrollo y es líder en la prestación de servicios para la comunidad, fortalece la identidad cultural, contribuye al crecimiento socio-económico y a la conservación ambiental, mediante la prestación de servicios de calidad con práctica de valores, principios y normativa, para mejorar la calidad de vida de sus habitantes, con la participación directa y efectiva de todos los actores sociales dentro de un marco de transparencia, ética y el uso óptimo del talento humano altamente comprometido, capacitado y motivado.

 VISIÓN

Art. 2.- Visión Institucional.- Ser un Gobierno Municipal que promueve el desarrollo local de manera sustentable, con inclusión social, equidad de género y participación ciudadana; reconocido por la ciudadanía por prestar servicios de calidad con su talento humano idóneo y capacitado, convirtiendo al Cantón San Pedro de Pimampiro, en un referente dinámico de cambio, cuyas características de crecimiento, estén marcadas por la activa participación de sus habitantes, dentro de un marco de planificación que implique la responsabilidad social de sus entes y organizaciones, y cuyas actividades productivas optimicen el talento humano, tecnológicos y naturales, permitiendo el desarrollo integral del cantón, en una armónica relación hombre naturaleza, que vaya consolidando su identidad de pueblo trabajador, hospitalario y alegre.

 BASE LEGAL

Bases legales que rigen la opreción del Gobierno Autónomo Descentralizado de San Pedro de Pimampiro.

El cantón San Pedro de Pimampiro fue creado mediante Ley No. 66, publicada en el Registro Oficial No. 2 del 26 de Mayo de 1981, La Jurisdicción político-administrativa del cantón Pimampiro comprende las parroquias de Pimampiro, Chugá, San Francisco de Sigsipamba y Mariano Acosta, cuya cabecera cantonal es la parroquia Pimampiro.

El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de San Pedro de Pimampiro, de conformidad a lo que establece el artículo 53 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, es una institución jurídica, de derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera. Está integrado por las funciones de participación ciudadana, legislación y fiscalización; y, ejecutiva prevista en este Código, para el ejercicio de las funciones y competencias que le corresponden.

La base legal que rige al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de San Pedro de Pimampiro es la siguiente:
- Constitución de la República del Ecuador;
- Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización COOTAD;
- Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas;
- Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General
- Ley Orgánica de Empresas Públicas;
- Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, su reglamento y normativa conexa
- Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado;
- Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública;
- Ley Orgánica del Servicio Público;
- Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público;
- Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social;
- Ley Orgánica de Educación Intercultural;
- Ley de Deporte, Educación Física y Recreación;
- Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional;
- Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos;
- En ciertos casos existe relación con particulares, donde se aplica la normativa ordinaria como es el Código del Trabajo y Código Civil;
- Ordenanzas y Reglamentos municipales; y,
- Demás normas y leyes que regulan el sector público.

 

COMPETENCIAS EXCLUSIVAS

De conformidad a lo que determina el artículo 264 de la Constitución de la República del Ecuador, concordante con el artículo lo 55 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización COOTAD, son Competencias Exclusivas del GAD. Municipal de San Pedro de Pimampiro las siguientes:

a) Planificar, junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad, el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural, en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad;
b) Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón;
c) Planificar, construir y mantener la vialidad urbana;
d) Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley;
e) Crear, modificar, exonerar o suprimir mediante ordenanzas, tasas, tarifas y contribuciones especiales de mejoras;
f) Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte terrestre dentro de su circunscripción cantonal;
g) Planificar, construir y mantener la infraestructura física y los equipamientos de salud y educación, así como los espacios públicos destinados al desarrollo social, cultural y deportivo, de acuerdo con la ley;
h) Preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectónico, cultural y natural del cantón y construir los espacios públicos para estos fines;
i) Elaborar y administrar los catastros inmobiliarios urbanos y rurales;
j) Delimitar, regular, autorizar y controlar el uso de las playas de mar, riberas y lechos de ríos, lagos y lagunas, sin perjuicio de las limitaciones que establezca la ley;
k) Preservar y garantizar el acceso efectivo de las personas al uso de las playas de mar, riberas de ríos, lagos y lagunas;
l) Regular, autorizar y controlar la explotación de materiales áridos y pétreos, que se encuentren en los lechos de los ríos, lagos, playas de mar y canteras;
m) Gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios; y,
n) Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias.

FUNCIONES DEL GAD MUNICIPAL

De conformidad a lo que establece el artículo 54 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización COOTAD, son funciones del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de San Pedro de Pimampiro las siguientes:

a) Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial cantonal, para garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas cantonales, en el marco de sus competencias constitucionales y legales;
b) Diseñar e implementar políticas de promoción y construcción de equidad e inclusión en su territorio, en el marco de sus competencias constitucionales y legales;
c) Establecer el régimen de uso del suelo y urbanístico, para lo cual determinará las condiciones de urbanización, parcelación, lotización, división o cualquier otra forma de fraccionamiento de conformidad con la planificación cantonal, asegurando porcentajes para zonas verdes y áreas comunales;
d) Implementar un sistema de participación ciudadana para el ejercicio de los derechos y la gestión democrática de la acción municipal;
e) Elaborar y ejecutar el plan cantonal de desarrollo, el de ordenamiento territorial y las políticas públicas en el ámbito de sus competencias y en su circunscripción territorial, de manera coordinada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquial, y realizar en forma permanente, el seguimiento y rendición de cuentas sobre el cumplimiento de las metas establecidas;
f) Ejecutar las competencias exclusivas y concurrentes reconocidas por la Constitución y la ley y en dicho marco, prestar los servicios públicos y construir la obra pública cantonal correspondiente, con criterios de calidad, eficacia y eficiencia, observando los principios de universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad, solidaridad, interculturalidad, subsidiariedad, participación y equidad;
g) Regular, controlar y promover el desarrollo de la actividad turística cantonal, en coordinación con los demás gobiernos autónomos descentralizados, promoviendo especialmente la creación y funcionamiento de organizaciones asociativas y empresas comunitarias de turismo;
h) Promover los procesos de desarrollo económico local en su jurisdicción, poniendo una atención especial en el sector de la economía social y solidaria, para lo cual coordinará con los otros niveles de gobierno;
i) Implementar el derecho al hábitat y a la vivienda y desarrollar planes y programas de vivienda de interés social en el territorio cantonal;
j) Implementar los sistemas de protección integral del cantón que aseguren el ejercicio, garantía y exigibilidad de los derechos consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales, lo cual incluirá la conformación de los consejos cantonales, juntas cantonales y redes de protección de derechos de los grupos de atención prioritaria. Para la atención en las zonas rurales coordinará con los gobiernos autónomos parroquiales y provinciales;
k) Regular, prevenir y controlar la contaminación ambiental en el territorio cantonal de manera articulada con las políticas ambientales nacionales;
l) Prestar servicios que satisfagan necesidades colectivas respecto de los que no exista una explícita reserva legal a favor de otros niveles de gobierno, así como la elaboración, manejo y expendio de víveres; servicios de faenamiento, plazas de mercado y cementerios;
m) Regular y controlar el uso del espacio público cantonal y, de manera particular, el ejercicio de todo tipo de actividad que se desarrolle en él, la colocación de publicidad, redes o señalización;
n) Crear y coordinar los consejos de seguridad ciudadana municipal, con la participación de la Policía Nacional, la comunidad y otros organismos relacionados con la materia de seguridad, los cuales formularán y ejecutarán políticas locales, planes y evaluación de resultados sobre prevención, protección, seguridad y convivencia ciudadana;
o) Regular y controlar las construcciones en la circunscripción cantonal, con especial atención a las normas de control y prevención de riesgos y desastres;
p) Regular, fomentar, autorizar y controlar el ejercicio de actividades económicas, empresariales o profesionales, que se desarrollen en locales ubicados en la circunscripción territorial cantonal con el objeto de precautelar los derechos de la colectividad;
q) Promover y patrocinar las culturas, las artes, actividades deportivas y recreativas en beneficio de la colectividad del cantón;
r) Crear las condiciones materiales para la aplicación de políticas integrales y participativas en torno a la regulación del manejo responsable de la fauna urbana; y,
s) Las demás establecidas en la ley.

El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de San Pedro de Pimampiro tiene como obligación la construcción del desarrollo justo, equilibrado y equitativo de la circunscripción territorial del cantón, en el marco del respeto de la diversidad y el ejercicio pleno de los derechos individuales y colectivos.

FUENTE: PROCURADURIA SÍNDICA.

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